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Barreras arancelarias y no arancelarias.
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Barreras arancelarias y no arancelarias.
Pero en su esencia estas barreras están diseñadas para responder a estos eventos: Estas barreras por lo general están divididas en dos grandes polos, los cuales tomaremos en consideración desde su definición general, hasta culminar en la explicación de cada uno de las herramientas según el diccionario de la ALCA.
Definiciones generales
Ahora también existen otro tipos de barreras llamados obstáculos técnicos al comercio (OTC) y los temas relacionados con las ayudas financieras para el comercio, y aunque no se hablaran de ellas en este tema vale la pena tenerlas presentes.
TÉRMINO y DEFINICIÓN Un arancel que se impone en términos de porcentaje sobre el valor de la mercancía. Por ejemplo, 5% de arancel, significa que el arancel de importación es 5% del valor de la mercancía en cuestión. Arancel específico Arancel que se impone en términos de cargas o cobros monetarios específicos por unidad o cantidad de mercancía importada. Por ejemplo, $100 por tonelada métrica de la mercancía. Arancel mixto Un arancel que combina aranceles ad valorem y específicos. Barreras no arancelarias Medidas no arancelarias que tienen un impacto proteccionista. Por ejemplo: cuotas, contingentes arancelarios, regímenes que requieren licencias, bandas de precios. Contingente arancelario / Arancel-cuota Sistema de protección comercial mediante el cual un arancel más bajo es impuesto sobre la importación de cantidades específicas de una mercancía dada y un arancel mayor se impone a las importaciones que exceden esas cantidades. El tamaño de la cuota es normalmente definido por el gobierno sobre una base periódica, por ejemplo, anualmente. Licencias de importación Procedimientos administrativos que requieren la presentación de una aplicación u otra documentación (que no son los requeridos con propósitos aduaneros) al órgano administrativo pertinente como una condición previa para la importación de bienes. Acuerdo de la OMC sobre Procedimientos de Licencias de Importación. Licencias no automáticas Licencias que no caen bajo la definición de licencias automáticas de importación. Las licencias no automáticas son usadas para administrar restricciones comerciales tales como restricciones cuantitativas cuando han sido justificadas en el marco legal aplicable al comercio internacional. Medidas no arancelarias Toda medida impuesta sobre los flujos de comercio que no sea una medida arancelaria. Algunas de estas medidas pueden constituirse en barreras no arancelarias. Requisito legal impuesto a productores de bienes y/o servicios, que impone sobre ellos ciertas obligaciones. Por ejemplo algunos acuerdos comerciales incluyen, entre otros, los siguientes requisitos de desempeño: (i) que un nivel o porcentaje dado de bienes o servicios sea exportado; (ii) que los bienes o servicios domésticos del país productor que otorga una exoneración arancelaria sean substituidos por bienes o servicios importados; (iii) que una persona que se beneficia de una exoneración arancelaria debe comprar otros bienes o servicios en el territorio del país que otorgar la exoneración o concede una preferencia a bienes o servicios producidos domésticamente; (iv) que una persona que se beneficia de una exoneración arancelaria debe producir bienes o proporcionar servicios en el territorio del país que otorga la exoneración, con un nivel o porcentaje dado de contenido nacional; o (v) un requisito que relacione en cualquier manera el volumen o valor de las importaciones con el volumen o valor de las exportaciones o el monto de flujos de divisas. Restricciones voluntarias a las exportaciones
Medida adoptada por un país exportador por la cual se limita voluntariamente el volumen o valor exportado de una determinada mercancía hacia un país importador específico. FUENTES:
Paper Barreras al comercio, DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL, UNIVERSIDAD DE LAS AMERICAS (2008)
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